Governo do Uruguai regulamenta lei de saúde sexual e reprodutiva

FEDERICO CASTILLO – EL PAÍS

Aborto: las mutualistas obligadas a asesorar. El gobierno aprobó reglamentación de la ley de salud sexual y reproductiva

El gobierno firmó ayer un decreto que obliga a mutualistas y hospitales a instalar servicios que asesoren sobre anticoncepción o embarazos no deseados. Las instituciones religiosas no se han expedido sobre el tema.

El decreto reglamenta uno de los aspectos de la extensa y polémica Ley de Salud Sexual y Reproductiva que, tras un veto del presidente Tabaré Vázquez al capítulo que despenalizaba el aborto, fue aprobada hace dos años.

El director de Programación Estratégica del Ministerio de Salud Pública (MSP), Leonel Briozzo, explicó a El País que lo que hace el decreto es convertir en obligatoria la prestación de salud sexual y reproductiva en todos los centros asistenciales públicos y privados del Uruguay.

“Todas las instituciones tienen la obligación de tener en sus cuadros técnicos, servicios integrales de salud sexual y reproductiva y estos deberán estar integrados por un equipo multidisciplinario”, señaló y precisó que “como mínimo” esos servicios deberán contar con un ginecólogo, una partera y una asistente social que deberán trabajar “en la multiplicidad de temas relacionados con la salud sexual y reproductiva: desde la anticoncepción, asesoramientos en casos de embarazos no deseados, hasta la sexualidad placentera”.

Pese a que el aborto constituye un delito en Uruguay, estos servicios podrán dar información y asesoramiento para reducir los riesgos en abortos inseguro. Se trata de extender una prestación que a nivel público ya se realizaba gracias al proyecto “Iniciativas sanitarias sanitarias contra el aborto provocado en condiciones de riesgo” que funciona en el Hospital Pereira Rossell y que fue creado, entre otros, por el propio Briozzo en el año 2001.

El director de Programación Estratégica del MSP dijo que la intención es proteger a la mujer y defender su derecho a estar informada y evitar así complicaciones por abortos provocados. Es sabido que la herramienta a la que apelan hoy la mayoría de las mujeres para abortar es el uso del fármaco misoprostol, de venta restringida. Briozzo aclaró que esta norma no incluye la prescripción de ese medicamento.

“Lo que se busca es la reducción de riesgo”, insistió.

Estos servicios también deberán darle asesoramiento y contención a la mujer en casos de violencia sexual.

Religión. Tanto la mutualista Círculo Católico como el Hospital Evangélico han mostrado cierto reparo para instrumentar políticas tendientes a favorecer la anticoncepción alegando objeción de conciencia. Cuando se conoció la noticia de la obligatoriedad de brindar pastillas anticonceptivas a las usuarias que lo reclamen, desde el Circulo Católico se expresó rechazo a la idea y se llegó a decir que dejaban a las afiliadas en libertad de acción si deseaban irse de ese centro asistencial.

Fuentes de esa mutualista señalaron ayer a El País que hasta no tomar contacto con el decreto no abrirían opinión sobre el tema. Las fuentes dijeron que el asunto será analizado y debatido en las próximas horas.

Tanto el presidente de la Junta Nacional de Salud (Junasa), Luis Gallo, como Briozzo dijeron no tener novedades de posibles planteos negativos de las mutualistas.

Ambos destacaron que todas las instituciones deben cumplir con lo que establece el decreto o serán sancionadas. Briozzo aclaró de todas formas que las objeciones de conciencia “son de las personas, no de las instituciones”.

Plazo. El decreto no fija un plazo concreto para que las instituciones instrumenten este servicio. Eso lo determinará la Junasa en conjunto con los prestadores de salud, informó a El País el presidente de ese organismo. “Será el primer punto del orden del día de la próxima junta. Vamos a empezar a trabajar de entrada con las instituciones”, señaló Gallo, que prefirió no adelantar plazos.

Para Briozzo esto será cuestión de meses y recalcó que en forma inmediata a la publicación del decreto la prestación ya quedará obligatoria, aunque reconoció que se deberá fijar un cronograma en acuerdo con todas las partes que incluya además la capacitación de recursos humanos.

Pastillas y Diu. El presidente de la Junasa señaló que lo que aún está en stand by es el decreto que obliga a las mutualistas a entregar a precio de un ticket de medicamento pastillas anticonceptivas y preservativos a los usuarios que lo soliciten.

Gallo explicó que “está todo pronto” para instrumentar ese plan, pero se aguarda contar con un stock de preservativos a bajo costo para abastecer a las mutualistas.

“No queremos comenzar a repartir las pastillas anticonceptivas sin antes tener los preservativos”, dijo Gallo, quien destacó que en la Ley de Presupuesto está incluida una partida para solucionar este tema.

Estos servicios integrales de salud sexual y reproductiva también deberán facilitar a las usuarias la colocación del método anticonceptivo DIU (Dispositivo Intra Uterino).

La Sociedad Ginecotológica del Uruguay ya ha expresado su posición al respecto, y en un comunicado reafirma que la colocación de DIU “es un acto que implica riesgos y responsabilidades, y quien lo haga debe no sólo estar capacitado para la colocación, sino manejar las eventuales complicaciones”.

La aclaración es hecha para evitar que esta práctica recaiga en funcionarios no médicos.

“Esta posición a nuestro entender, se ajusta a la ley, contempla los derechos de los pacientes al acceso universal y preserva los intereses de los profesionales”, dice el comunicado.

Según la ley, la colocación del DIU debe ser sin costo para la usuaria. Actualmente, la colocación de este dispositivo cuesta entre $ 2.000 y $ 4.000.

Frente presentará dos proyectos de ley

El Frente Amplio elaboró dos proyectos de ley para despenalizar el aborto. La senadora socialista Mónica Xavier presentó ayer a la bancada de legisladores frenteamplistas una iniciativa que habilita a la mujer a decidir la interrupción voluntaria de su embarazo durante las primeras doce semanas del proceso gestacional. También señala que las mujeres tienen derecho a realizar dicho acto médico en los servicios del Sistema Nacional de Salud. El pronunciamiento de la mujer deberá constar por escrito y se adjuntará a la historia clínica de la misma, señala el proyecto de ley presentado por Xavier.

La iniciativa advierte que, por fuera del plazo estipulado, sólo se podrá decidir la interrupción del embarazo en los siguientes casos:

-si este fue producto de una violación;

-si estuviera en riesgo la salud o vida de la mujer;

-si existieran malformaciones fetales graves.

El segundo proyecto fue presentado a la bancada del MPP por el diputado de ese sector, Álvaro Vega. Dentro de dos semanas, esa iniciativa ingresará a la bancada del FA.

Al igual que Xavier, Vega pretende distinguir el delito del aborto. Sí cometen delito aquellos médicos que realicen la interrupción del embarazo sin el consentimiento de la mujer. “Un aborto no es un acontecimiento feliz para la mujer. Es inadmisible que encima se la penalice por ello”, dijo.

Según Vega, su iniciativa tiene como objetivo erradicar la proliferación de clínicas clandestinas y el comercio ilegal de pastillas abortivas.

El País Digital

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